Para gestionar una Cancelación Contable deberá generar una Solicitud Web a través de BHU EN LÍNEA.

Por información relacionada al estado de su préstamo: haga click aquí.

 

Las Cancelaciones de préstamos se producen al finalizar el proceso amortizante o mediante el pago del saldo en forma anticipada.
En ambos casos, corresponde realizar la cancelación notarial y retirar los títulos del inmueble. Si la solicitud de cancelación notarial se ingresa en un plazo de 120 días corridos desde la Cancelación Contable, se le exonerará el arancel de control de escritura de UI 1.830.

Trámite para Cancelación Notarial (Se debe generar una Solicitud Web a través de BHU EN LÍNEA)


No se admitirán Cancelaciones parciales por debajo del diez por ciento (10%) del total del endeudamiento del cliente con el Banco.

Aquellos clientes que se presenten a pagar en forma anticipada de manera total o parcial su crédito, deberán encontrarse al día en el pago de sus obligaciones con el BHU.

Para concretar una Cancelación, es imprescindible que todas las personas involucradas en el trámite, inclusive los beneficiarios finales, concurran con:

  - Documento de identidad vigente y en buen estado

  - Formulario FO.ATC.09 (actualización de datos de clientes).

  - Documentación probatoria del origen de fondos como se describe en el ES.RIG.01 que se requerirá para capitales mayores, iguales o equivalentes a U$S 50.000    

  - Original y copia de poder, en caso de actuar de esa forma. Deberá regirse por lo establecido en ES.NOT.01


Una vez aprobada la documentación el analista le informará la fecha para la Cancelación y le indicará la cuenta en la que debe depositar el dinero.

El monto necesario para cancelar debe estar depositado en la cuenta asociada previo a la cita. Le sugerimos realizar el depósito por transferencia con la debida antelación. En caso de necesitar depositar una letra de cambio o cheque certificado, tenga en cuenta que se refleja en la cuenta 48hs. después de hecho el depósito. Los depósitos en efectivo están restringidos, no se recibirán montos en efectivo que superen los U$S 10.000 o su equivalente en moneda nacional.

 

La realización del depósito no obliga al BHU a concretar la operación si lo documentación presentada no reúne las condiciones para hacerlo.

Los deudores que se presenten a abonar en forma anticipada de manera total o parcial su crédito, o que pretendan realizar una amortización extraordinaria, deberán encontrarse al día en el pago de todas sus obligaciones para con el BHU y deberán registrar al menos 24 meses de antigüedad desde la firma del contrato.

Le recordamos que cualquier cambio realizado sobre las condiciones originales del crédito, incluso una amortización, puede afectar la categoría de riesgo en el BHU y puede ser visualizada por el resto del Sistema Financiero en la Central de Riesgos. El pago sistemático de cuotas dentro de la fecha pactada permite mejorar la categoría crediticia de acuerdo a lo pautado por Banco Central de Uruguay en la Norma Particular 3.8.

Prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo
Designación de Escribano