El BHU y la ANV te dan una mano para que puedas tener tu casa

 

Actualmente para comprar una vivienda se exige tener ahorrado el 30% de su valor, a través de este fondo la necesidad de ahorro previo disminuye a un monto de entre un 10% y un 25% del valor de la vivienda, y facilita así el acceso a la misma.

El Fondo de Garantía de Créditos Hipotecarios (FGCH) fue creado por la ley 18.795 del 17/8/2011 (Capítulo II art. 7), su objetivo es ampliar y mejorar la disponibilidad de créditos hipotecarios, en particular hacia los sectores de menor capacidad de ahorro apuntando a mejorar la accesibilidad a amplios sectores de la población al crédito hipotecario.

Características

Garantiza un crédito hipotecario para la compra de una vivienda única.
El valor máximo de la vivienda no puede superar los topes establecidos (Ver topes).
El máximo monto avalado a prestar es del 90% del valor de la vivienda (el mínimo es el 75%).
El préstamo es en unidades indexadas (UI) o en pesos.
El plazo máximo es de 25 años.
La cuota debe ser inferior al 35% de los ingresos del núcleo familiar.
Los interesados deben calificar como sujetos de crédito ante el BHU.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

El ingreso líquido del núcleo familiar no puede superar las 100 UR
El interesado debe estar libre de embargos, interdicciones y gravámenes de todo tipo.
El crédito se debe aplicar exclusivamente a la compra de un inmueble en el país destinado a vivienda única.

¿Dónde lo solicito, cómo funciona?

Debés presentarte en el BHU, manifestar tu interés de recibir la cobertura del FGCH y suscribir el Formulario de Aceptación de la Garantía.
Recibirás un préstamo entre el 75% y el 90% del valor de la vivienda en vez del 70% como es habitual.
Necesitás contar con un ahorro previo de entre el 10% y el 25% del valor de la vivienda y no del 30% como habitualmente lo exige la oferta pública hipotecaria actual.
Esquema comparativo sin FGCH y con FGCH (Descargar .pdf)

¿Qué características debe cumplir el inmueble?

Ser utilizado exclusivamente para vivienda
Estar situado dentro del territorio nacional.
El precio de compra no puede superar los topes previstos.
Destinado a la compra de viviendas promovidas en el marco de la ley 18.795 y vivienda usada con los topes de precio establecidos en la Reglamentación (Ver enlace)

Por más información

Comunicarse con la Agencia Nacional de Vivienda por el 17217, de 10 a 17 horas.
Enviar un correo electrónico a info@anv.gub.uy
Visitar: https://www.anv.gub.uy/fgch