¿QUÉ
ES UN REMATE EXTRAJUDICIAL?
Es
una venta en remate que efectúa directamente el Banco al amparo
de normas legales excepcionales previstas en su Carta Orgánica.
¿QUÉ
VENTAJAS TIENE?
Se
realiza sin intervención judicial.
El procedimiento es sencillo.
El precio queda fijo en UR.
Se puede financiar el precio en UR.
La comisión del rematador es inferior a la que se abona en los
remates judiciales.
El Banco se encarga de la desocupación y entrega del bien sin
costo para el comprador.
La escrituración se realiza con el Banco Hipotecario libre de
embargos y gravámenes.
¿DÓNDE SE PUBLICITAN LOS REMATES EXTRAJUDICIALES?
En
el Diario Oficial, en otros diarios de la capital, en avisos destacados,
en volantes, en Casa Central, en las Sucursales y en la página
Web www.bhu.gub.uy
¿CUÁNDO
SE REALIZAN LOS REMATES EXTRAJUDICIALES?
Los
últimos tres días hábiles de cada mes en el horario
de 13.15 a 17.00 hrs., salvo en diciembre, que se realizan a mediados
de mes.
¿DÓNDE
SE REALIZAN?
En
el Salón de Actos del Banco Hipotecario del Uruguay (3er. piso)
o en las Sucursales del Banco en el Interior.
¿QUIÉNES
PUEDEN COMPRAR EN LOS REMATES EXTRAJUDICIALES?
Cualquier
interesado en la vivienda que se remata.
No pueden comprar los funcionarios del Banco y sus cónyuges.
¿HAY
QUE SER AHORRISTA?
No.
Pero el ahorrista cuenta con tasa preferencial de interés en
la financiación.
¿HAY
QUE CONCURRIR AL REMATE ASISTIDO POR UN PROFESIONAL?
No.
¿SE
PUEDE VER LA VIVIENDA ANTES DEL REMATE?
Por
lo general la vivienda se encuentra ocupada por el deudor ejecutado
lo que dificulta el acceso a la misma. En algunos casos el BHU proporciona
fotos digitales de la fachada e interior de la vivienda.
¿LOS
REMATES EXTRAJUDICIALES TIENEN BASE?
Sí.
¿CÓMO
SE DESARROLLA EL REMATE?
El
acto de remate es presidido por el Procurador del BHU a cargo de la
ejecución en Casa Central y por el Gerente de la Sucursal en
el Interior.
A la hora fijada, el martillero procede a leer el Edicto de Remate,
señala las características de la vivienda e indica el
precio base.
Luego solicita al público presente si existen interesados que
estén dispuestos a tomar el precio base.
A partir de ese momento el martillero toma una a una las diferentes
ofertas que mejoren la anterior.
El interesado debe hacer saber su oferta levantando la mano y anunciando
el monto ofrecido, que debe superar la oferta anterior.
Cuando nadie supere la última oferta, el martillero lo hará
saber con la frase "tengo la última oferta del Sr.. por
$...., a la una, a las dos y a las tres, vendido" o similar, lo
que anuncia golpeando el martillo sobre el atril.
¿CÓMO
ES EL TRÁMITE UNA VEZ FINALIZADO EL REMATE?
El
Escribano designado por el Banco labra un Acta de Remate y una notificación
que suscribirá con el mejor postor.
¿QUÉ
SE DEBE ABONAR EN EL ACTO DE REMATE?
La suma indicada en el edicto de remate por concepto de seña
o de gastos de remate y la comisión del rematador (1% de la oferta
más IVA).
¿DÓNDE
SE INFORMAN LOS GASTOS DE REMATE?
En
el edicto de remate. El martillero también lo informa en el acto
de remate.
¿CUÁNDO
SE DEBE INTEGRAR EL PRECIO?
Después
de la aprobación del remate. El BHU comunicará al mejor
postor por telegrama colacionado que tiene un plazo de 10 días
para integrar el precio o iniciar el trámite de préstamo.
¿DÓNDE
SE INTEGRA EL PRECIO?
En
Casa Central (Sector Ejecución y Rescisiones) o en la Sucursales
del Interior.
¿QUÉ
SUCEDE SI EL COMPRADOR NO INTEGRA EL PRECIO?
Pierde
las sumas abonadas en el acto de remate.
¿QUÉ
OTROS GASTOS SON DE CARGO DEL COMPRADOR?
Las deudas por gastos comunes (si es una vivienda de propiedad horizontal),
las deudas por impuesto domiciliario y tarifa de saneamiento y los honorarios
e impuestos que determine la ley para la escrituración.
¿DÓNDE
SE OBTIENE INFORMACIÓN SOBRE ESTAS DEUDAS?
En
la Administración del Edificio los gastos comunes y en las Intendencias
el impuesto domiciliario y la tarifa de saneamiento.
¿QUIÉN SE HACE CARGO DE LAS DEUDAS DE CONTRIBUCIÓN
INMOBILIARIA E IMPUESTO DE PRIMARIA?
Las abona el Banco y están incluidas en los gastos de remate.
¿QUIÉN
SE HACE CARGO DE LA DESOCUPACIÓN DEL BIEN ADQUIRIDO EN REMATE?
Aprobado
el remate, el BHU inicia sin cargo para el mejor postor el proceso de
toma de posesión a efectos de entregar el bien al comprador.
¿LA
INTEGRACIÓN DEL PRECIO Y LA ESCRITURA DEL INMUEBLE ESTÁN
CONDICIONADAS A LA DESOCUPACIÓN DEL BIEN?
No. La integración del precio y el otorgamiento de la escritura
de compraventa son independientes de la entrega del bien.
¿QUIÉN
OTORGA LA ESCRITURA?
La
otorga el Escribano del comprador y la controla el escribano del Banco.
¿QUIÉN
CORRE CON LOS GASTOS DE LA ESCRITURA?
El comprador.
¿SE
PUEDE FINANCIAR EL PRECIO?
Se puede financiar hasta el monto máximo establecido en el edicto.
Para comprar con préstamo del BHU es imprescindible asesorarse
previamente en el Área Origen de los Créditos Hipotecarios.
¿CUÁL ES EL PLAZO MÁXIMO DEL PRÉSTAMO?
No
podrá exceder los 25 años o el plazo que surja de la diferencia
entre la edad tope que es de 65 años al vencimiento de la operación
y la edad del cotitular que constituya la principal fuente de ingreso.
Ej. Un comprador de 40 años de edad o menos puede financiar hasta
25 años; un comprador de 50 años de edad puede financiar
hasta 15 años; un comprador de 60 años puede financiar
hasta 5 años.
¿QUÉ INGRESOS SE EXIGEN?
La
cuota del préstamo no podrá superar el 26% de los ingresos
líquidos legales del núcleo familiar al momento de solicitar el préstamo.
¿CUÁL
ES EL TRÁMITE SI SE OPTA POR FINANCIAR EL PRECIO?
En
caso de optar por la financiación se debe ingresar la solicitud
de préstamo en la Sección Información sobre Gestión
del Área de Origen de los Créditos Hipotecarios en Montevideo o en
la Sucursal donde se ubica la vivienda.